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TK-FXX102 Chasis con bastidor con ranura Honeywell 10
Detalles del producto:
El TK-FXX102 es un adaptador de chasis redundante del sistema de alimentación que proporciona una solución de alimentación robusta y confiable para aplicaciones de control y automatización industriales.Está diseñado para soportar una variedad de módulos Honeywell, incluidos los controladores, las entradas y salidas y los dispositivos de comunicación.
El TK-FXX102 Redundant Power System Chassis Adapter está diseñado específicamente para garantizar la redundancia de energía en sistemas industriales.Sirve como un componente crucial para mantener el suministro ininterrumpido de energía para operaciones críticasLa fuente de alimentación redundante garantiza el funcionamiento continuo y evita el tiempo de inactividad. Los módulos intercambiables en caliente permiten un fácil mantenimiento y escalabilidad. El adaptador optimiza la distribución de energía,reducción del desperdicio de energíaLas capacidades de monitoreo permiten el mantenimiento proactivo y la detección de fallos.
El TK-FXX102 cuenta con una fuente de alimentación de doble entrada que garantiza un funcionamiento continuo incluso en caso de fallo de alimentación.También incluye una variedad de características de diagnóstico y monitoreo que ayudan a garantizar el tiempo de actividad y la confiabilidad del sistema.
CC-TAIX11 51308365-175 Las autoridades competentes de los Estados miembros podrán adoptar medidas de salvaguardia en caso de que se produzca una infracción. |
CC-TDOB11 51308373-175 Las autoridades competentes de los Estados miembros podrán adoptar medidas de salvaguardia. |
CC-TDIL01 51308386-175 |
CC-TAIM01 51305959-175 |
CC-TAIX01 51308363-175 Las autoridades de los Estados miembros deberán tener en cuenta los siguientes elementos: |
CC-TCF901 51308301-175 Las autoridades competentes deberán tener en cuenta los siguientes elementos: |
CC-TDOB01 51308371-175 Las autoridades de los Estados miembros deberán tener en cuenta los siguientes elementos: |
CC-TAOX11 51308353-175 Las autoridades competentes de los Estados miembros deberán tener en cuenta los siguientes elementos: |