Shenzhen LCS Compliance Testing Laboratory Ltd.

Laboratorios acreditados ilac-MRA, CNAS, NVLAP, A2LA ISO/IEC 17025. Pruebas y certificación de seguridad/EMC/radio/eficiencia energética/baterías/químicos

Manufacturer from China
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Requisito de Amazon: Directiva 2007/45/CE,Servicio de certificación de ensayos de cantidades nominales (si procede)

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Requisito de Amazon: Directiva 2007/45/CE,Servicio de certificación de ensayos de cantidades nominales (si procede)

Método de ensayo:

Cantidades nominales (si procede)
 

Países aplicables:

Francia; Italia; Alemania; España; Países Bajos; Turquía; Suecia; Polonia; Bélgica
 

Requisito/límites:

La presente Directiva se refiere a los preenvases que contengan productos destinados a la venta en cantidades unitarias nominales constantes que sean:
√ igual a los valores predeterminados por el empacador,
- expresado en unidades de peso o volumen,
- no inferior a 5 g o 5 ml y no superior a 10 kg o 10 l.
Todos los preenvases elaborados de conformidad con la presente Directiva llevarán en el envase las siguientes marcas, colocadas de forma indeleble:fácilmente legible y visible en el preenvase en condiciones normales de presentación:
• Para los dispensadores de aerosoles, la capacidad total del recipiente.La indicación deberá ser tal que no cause confusión con el volumen nominal del contenido.. los productos que se venden en aerosoles no necesitan estar marcados con el peso nominal de su contenido.
• La cantidad nominal (peso nominal o volumen nominal) expresada en kilogramos, gramos, litros, centílitros o mililitros.
• La cantidad nominal marcada al menos con X mm de números altos:
al menos 6 mm de altura si la cantidad nominal es superior a 1 000 g o 100 cl, 4 mm de altura si es de 1 000 g o 100 cl inclusive hasta 200 g o 20 cl, pero sin incluirlos,3 mm de altura si es de 200 g o 20 cl hasta 50 g o 5 cl, pero no incluidos, de 2 mm de altura si no es superior a 50 g o 5 cl, seguido del símbolo de la unidad de medida utilizada o, en su caso, del nombre de la unidad de acuerdo con la Directiva 71/354/CEE,modificado en último lugar por la Directiva 76/770/CEE.
• El símbolo ℮ para los productos que el preenvase cumple los requisitos de la presente Directiva.
• Símbolo ℮, de al menos 3 mm de altura, situado en el mismo campo de visión que la indicación del peso o volumen nominal.


Ámbito de aplicación del producto:

La presente Directiva establece normas sobre las cantidades nominales de productos envasados, que se aplican a los productos envasados y a los envases definidos en el artículo 2 de la Directiva 76/211/CEE.

 

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