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Reglamento POP Reformulado - Tetra-, Penta-, Hexa-Hepta- y Deca-BDE ;Reglamento (UE) 2019/1021 - Penta-BDE, Tetra-BDE, Hexa-BDE, Hepta-BDE y Deca-BDE
Método de ensayo:
Método de ensayo adecuado
Países aplicables:
Francia; Italia; Alemania; España; Países Bajos; Turquía; Suecia; Polonia; Bélgica
Requisito/límites:
Sustancia individual: ≤ 10 mg/kg (0,001 % en peso) cuando esté presente en las sustancias
Sumado de Tetra-, Penta-, Hexa-Hepta- y Deca-BDE: ≤ 500 mg/kg cuando estén presentes en mezclas o artículos.
Ámbito de aplicación del producto:
Se aplica a todos los productos